Hay casos en los que la Administración correspondiente, antes de presentar un proyecto de rehabilitación, solicita un Informe Previo de Patrimonio.
El informe de debe presentar cuando el edificio en el que se quiere realizar las actuaciones está incluido en el Catálogo del Patrimonio Arqueológico Histórico-artístico. En el caso de la cuidad de Barcelona, cuando se realiza la consulta previa para la realización de los trabajos, el resultado de la consulta indica si será necesario la presentación del Informe Previo de Patrimonio, antes de solicitar el Informe de Idoneidad Técnica.
Este informe debe incluir una memoria técnica detallada de todo el proceso constructivo que se quiere realizar. Las soluciones técnicas se deben adecuar siempre a lo que determina el departamento de Patrimonio, tanto las técnicas utilizadas para solucionar patologías, como los materiales y los colores de estos.
La memoria ha de ir acompañada de planos, donde quede reflejado lo que incluye en la memoria. También se debe incluir un estudio cromático, para adecuar y homogeneizar el edificio con el entorno que lo rodea. Finalmente, también se debe incluir un apartado donde se hable de la historia del edificio.
Una vez finalizado el informe, se debe presentar al Departamento de Patrimonio, por vía telemática y firmado por un técnico competente. Posteriormente el Departamento de Patrimonio genera el Informe Final. En este paso nos podremos encontrar en las tres situaciones siguientes:
- La primera: que el informe sea desfavorable, en este caso desde el Departamento de Patrimonio dan una serie de requerimientos y se deberán replantear las soluciones adaptadas, para cumplir con lo requerido por el Departamento.
- La segunda: que el informe sea favorable. En este caso ya se puede adjuntar al Proyecto para poder obtener el Informe de Idoneidad.
- La tercera: que el informe sea favorable, pero con requerimientos. En esta situación el Informe Previo de Patrimonio nos servirá para solicitar el Informe de Idoneidad Técnica, pero deberemos tener en cuenta que en el Proyecto Técnica se deberán modificar lo que haya requerido el Departamento de Patrimonio.
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